Sala Primera anula fallo sobre fecundación in Vitro

Fallo le aclara a la CCSS panorama jurídico en relación con la reproducción asistida

María Isabel Solís Ramírez | 19 de agosto, 2009 | Archivo

Fertilización in vitroLa Sala Primera anuló el fallo sobre fecundación in Vitro que había emitido en octubre del 2008 el Tribunal Procesal Contencioso Administrativo.

Este fallo obligaba a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), a elaborar diagnósticos y a realizar los exámenes médicos pertinentes para establecer la viabilidad de practicar métodos de reproducción asistida, incluida la fertilización in Vitro a la demandante.

Autoridades de la CCSS presentaron en tiempo y forma un Recurso de Casación ante la Sala Primera porque se consideró que el fallo inducía a errores de interpretación jurídica, que en la práctica podrían producir violaciones efectivas a la Constitución Política de Costa Rica.

Mediante el voto 09-465 del 2009, la Sala Primera anuló la sentencia del tribunal y declaró sin lugar la demanda interpuesta por la señora Ileana Henchoz Bolaños, en el año 2008.

De acuerdo con las autoridades institucionales, la CCSS litigó en defensa de la Constitución Política y del sistema jurídico de Costa Rica.

"No estamos en contra del procedimiento, pero este fallo de la Sala Primera le da claridad jurídica a los funcionarios de la CCSS en relación con este procedimiento, ahora se sabe que lo que prevalece es lo que dispuso la Sala Cuarta, pues había dos sentencias que podían inducir a interpretaciones equivocadas de los preceptos jurídicos definidos por la jurisprudencia constitucional, dicha situación ponía a la CCSS en un dilema frente al procedimiento", sentenciaron las autoridades.

"Somos respetuosos de lo que dispone la Constitución Política de Costa Rica, pues la CCSS está para tutelar el derecho a la vida y a la salud de la población costarricense por medio de los servicios públicos", señalaron las autoridades institucionales.

El fallo de la Sala Primera, de acuerdo con las autoridades de la CCSS, aclara el panorama, de manera que siguen vigentes, con carácter vinculante, las disposiciones establecidas por la Sala Constitucional en el año 2000 sobre fecundación in Vitro.


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