¿Quién es un Trabajador Independiente? -
Trabajador Independiente
¿Quién es un Trabajador Independiente?
Es todo trabajador manual o intelectual que desarrolla por cuenta propia algún tipo de trabajo o actividad generadora de ingresos.
La persona que califique como Trabajador Independiente está obligada a cotizar para los regímenes de Salud e Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).
La cotización deberá calcularse sobre el total de los ingresos que perciba el trabajador independiente. En la determinación de los ingresos se deducirán los gastos propios de las actividades o negocios que desarrolla, de acuerdo con el giro de éstos, se tomarán en cuenta los estrictamente necesarios, imprescindibles y que mantengan proporcionalidad con el volumen de operaciones.
No cotizarán al Seguro de IVM los Trabajadores Independientes de 50 o más años, que no cumplan con el número de cuotas establecidas. (Esta información la debe corroborar el funcionario de la institución, encargado de realizar la entrevista al solicitante.) Es obligación del Trabajador Independiente comunicar oportunamente a la institución, cuando exista variación en su condición como tal. Actividad, ingresos, domicilio, etc).
¿Dónde me corresponde realizar el trámite de afiliación? -
Trabajador Independiente
¿Dónde me corresponde realizar el trámite de afiliación?
El trámite de afiliación como trabajador independiente lo debe realizar en la sucursal de la CCSS más cercana o bien en el Edificio El Hierro en Calle 7 y 9 avenida segunda , esto acorde a la zona de adscripción:
Lugar donde se encuentra la oficina o Centro de trabajo del trabajador Independiente
Lugar donde se debe realizar el trámite de Afiliación
San José Central, Catedral, El Carmen, Aranjuez, Barrio México, Barrio Carit, Barrio Keith, Calderón Muñoz, Pitahaya, Merced, La Uruca, Santa Ana, Escazú, Pavas, Hatillos, Montes de Oca (San Pedro, Sabanilla, Lourdes, etc), Barrio Lujan, Curridabat, Zapote, Mata Redonda (Sabana Norte y Sur), Hospital, Barrio Cuba, San Francisco de Dos Ríos, Curridabat y Alajuelita.
Edificio El Hierro, Calle 7 y 9 avenida segunda
Goicoechea (Guadalupe, Purral, Mozotal, Calle Blancos, Ipis, etc.) Moravia (San Blas, La Trinidad, Los Sitios, San Vicente, etc.), y Coronado (San Antonio, San Isidro, Dulce Nombre, San Rafael, Patio de Agua, etc).
Sucursal de Guadalupe
Desamparados (San Rafael Arriba, San Rafael Abajo, Dos Cercas, San Miguel, El Porvenir, Calle Fallas, etc), Aserri, Frailes
Sucursal Desamparados
En el caso de no residir en los lugares descritos, por favor dirigirse a la Sucursal de la Caja más cercana. En el caso de no contar con oficina o centro de trabajo fijo, se debe tomar en consideración el lugar de habitación.
¿Horario de Atención? -
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¿Horario de Atención?
Para trámite de afiliación y consultas de trámites, en el Edificio El Hierro (sita calle 7 y 9 avenida segunda)
o De lunes a jueves de 7 am a 4 pm
o Viernes de 7 am a 3 pm
¿Cuándo me corresponde pagar mi seguro de Trabajador Independiente? -
Trabajador Independiente
¿Cuándo me corresponde pagar mi seguro de Trabajador Independiente?
Recuerde cancelar sus cuotas desde el primer día del mes hasta la fecha que le corresponda, según la primera letra de su apellido:
¿Dónde puedo pagar mi seguro? -
Trabajador Independiente
¿Dónde puedo pagar mi seguro?
Las cuotas de seguro voluntario, trabajador independiente y cuotas obrero patronales, pueden ser canceladas, hasta con 59 días de vencidas, en los diferentes puntos de pago con que cuenta la Institución a saber:
1. Banco Nacional
2. Banco de Costa Rica
3. Banco Crédito Agrícola de Cartago
4. Banco Bac San José
5. Banco Davivienda
6. COOPEALIANZA R.L
7. COOCIQUE R.L.
8. Banco LAFISE.
9. Banco SCOTIABANK
10. Banco CITIBANK
11. Banco PROMERICA
12. Banco BCT.
13. Banco CATHAY.
14. Banco IMPROSA (Improbank)
15. Banco Popular y de Desarrollo Comunal
16. Grupo MUCAP
17. Grupo MUTUAL ALAJUELA
18. COOPESERVIDORES
19. COOPEANDE
20. CREDECOOP
21. Caja de Ande
22. Financiera DESIFYN
23. Servimás.
24. Walmart
25. Farmacias Sucre.
26. Teledolar.
27. PRIDES
28. Cruz Roja Costarricense
29. Francisco Llobet e Hijos
30. Tiendas Ekono.
31. Western Union
32. Megasúper
33. Correos de Costa Rica
34. BN Servicios del Banco Nacional (comercios)
35. Grupo Tecnológico (comercios)
36. Pague Fácil BCR (comercios)
37. TUCÁN (comercios)
En entidades financieras (bancos públicos y privados, y cooperativas) deberán consultarse las facilidades de pago brindadas para la cancelación de los recibos de la CCSS, tanto por agencia como en la página web de la entidad.
Los entes recaudadores externos a la CCSS brindan el servicio de lunes a viernes en horarios pre-establecidos
¿Qué debo hacer si dejo de trabajar de forma Independiente? -
Trabajador Independiente
¿Qué debo hacer si dejo de trabajar de forma Independiente?
En caso de que usted suspenda la actividad generadora de ingresos, debe comunicarlo de forma inmediata a la Sucursal donde se afilió para la suspensión de la facturación, caso contrario, se registraría en condición de moroso.
¿Dónde puedo pagar mi seguro si me encuentro atrasado en mis pagos? -
Trabajador Independiente
¿Dónde puedo pagar mi seguro si me encuentro atrasado en mis pagos?
Los recibos de Trabajador Independiente con más de 59 días de vencimiento (cobro judicial) solo pueden ser pagados en oficinas de la CCSS. Los recibos con una fecha de vencimiento menor a 59 días pueden ser cancelados en agentes recaudadores externos o la página web de la CCSS, previo registro de una cuenta bancaria en colones
¿Si me atraso en el pago debo pagar intereses? -
Trabajador Independiente
¿Si me atraso en el pago debo pagar intereses?
Pasada la fecha máxima de pago, el trabajador independiente deberá cancelar los recargos correspondientes, así como los intereses legalmente establecidos (tasa básica pasiva del Banco Central). El incumplimiento en el pago conlleva el trámite de cobro administrativo y de cobro judicial, según corresponda, conforme los procedimientos establecidos por la Institución.
¿El Trabajador Independiente está obligado a asegurarse ante la CCSS? -
Trabajador Independiente
¿El Trabajador Independiente está obligado a asegurarse ante la CCSS?
Sí. Está obligado de conformidad con la Ley de Protección al Trabajador, Transitorio XII; Ley Constitutiva de la CCSS, artículo 3 y 74, y el Reglamento para la Afiliación de los Trabajadores Independientes, artículo 1 y 2.
¿Qué hago si voy a salir del país por un periodo de tiempo mayor a tres meses? -
Trabajador Independiente
¿Qué hago si voy a salir del país por un periodo de tiempo mayor a tres meses?
Si el Trabajador Independiente va a salir del país por un periodo de tiempo superior a los tres meses, puede suspender su seguro, por lo que debe presentarse a la Sucursal de la Caja más cercana o al Edificio El Hierro ubicado en calle 7 y 9, avenida segunda, según zonas de atención, con original y copia de los tiquetes que comprueben la salida del país.
Una vez suspendido el Seguro de Trabajador Independiente, si el interesado desea volver a tener este deberá presentar todos los documentos y hacer nuevamente el trámite de afiliación.
¿Se realizan revisiones periódicas a los montos de aseguramiento? -
Trabajador Independiente
¿Se realizan revisiones periódicas a los montos de aseguramiento?
Sí, periódicamente con base en los mejores criterios técnicos y actuariales, la Junta Directiva de la Caja, hará revisión de los ingresos mínimos de referencia y los porcentajes de contribución de este Seguro y establecerá las adecuaciones necesarias.
¿Con este seguro recibo orden patronal? -
Trabajador Independiente
¿Con este seguro recibo orden patronal?
No, en el seguro Trabajador Independiente no se emite orden patronal, para poder accesar a los servicios médicos el asegurado debe portar su último recibo de pago, ya que esto demuestra a los personeros de la CCSS el estatus de aseguramiento.
¿Tiene la CCSS facultad para asegurar de manera obligatoria a los trabajadores independientes que realizan actividades liberales? -
Trabajador Independiente
¿Tiene la CCSS facultad para asegurar de manera obligatoria a los trabajadores independientes que realizan actividades liberales?
Sí, tiene la facultad en virtud del mandato de administración y gobierno de los Seguros Sociales de la Constitución Política.
El pensionado por Vejez que realice una actividad por cuenta propia. ¿Está obligado a asegurarse como Trabajador Independiente? -
Trabajador Independiente
El pensionado por Vejez que realice una actividad por cuenta propia. ¿Está obligado a asegurarse como Trabajador Independiente?
Sí, está obligado a asegurarse y sólo debe cotizar para el Seguro de Enfermedad y Maternidad.
¿Cuál es el porcentaje de cotización para el seguro voluntario o trabajador independiente y cómo se determina el ingreso de referencia? -
Trabajador Independiente
¿Cuál es el porcentaje de cotización para el seguro voluntario o trabajador independiente y cómo se determina el ingreso de referencia?
ESCALA DE CONTRIBUCIÓN AV-TI ENERO 2022 SEM
Categoría
Nivel de ingreso
(en colones)
Porcentaje de contibución Seguro SEM
Afiliado
Estado
Conjunto
1
¢303,253.99
2.89%
9.11%
12.00%
2
₡303,254.000
a
₡652,507.999
4.33%
7.67%
12.00%
3
₡652,508.000
a
₡1,305,014.999
6.24%
5.76%
12.00%
4
₡1,305,015.000
a
₡1,957,521.999
8.02%
3.98%
12.00%
5
₡1,957,522.000
a
₡999,999,999.999
10.69%
1.31%
12.00%
Fuentes: La Gaceta N247, Articulo 1°, del 23 de diciembre del 2021. Decreto ejecutivo N° 43365-MTSS de fijación de salarios mínimos.
ESCALA DE CONTRIBUCION AV-TI ENERO 2022 IVM
Categoria
Nivel de ingreso
(en colones)
Porcentaje de contribución seguro SEM
Afiliado
Estado
78ª LPT
Conjunto
1
₡283,841.999
3.83%
5.12%
0.30%
9.25%
2
₡283,842.000
a
₡652,507.999
5.32%
3.93%
0.00%
9.25%
3
₡652,508.000
a
₡1,305,014.999
7.20%
2.05%
0.00%
9.25%
4
₡1,305,015.000
a
₡1,957,521.999
7.65%
1.60%
0.00%
9.25%
5
₡1,957,522.000
a
₡999,999,999.999
8.09%
1.16%
0.00%
9.25%
Fuentes: La Gaceta N247, Articulo 1°, del 23 de diciembre del 2021. Decreto ejecutivo N° 43365-MTSS de fijación de salarios mínimos.
Nota Explicativa:
Producto de acuerdo de Junta Directiva, artículo 30°, de la sesión número 8999, celebrada el 08/11/2018, se aprobó la creación de dos bases mínimas contributivas, mismas que entran en vigencia a partir de febrero de 2019, siendo la obligatoriedad de cotizar a partir de la Base Mínima Contributiva de menor cuantía.
Definiciones:
• BMC: Base Mínima Contributiva, monto en el cual inicia la obligatoriedad de cotizar a la CCSS, el monto vigente a partir de julio de 2020 es la BMCIVM
• BMCIVM: Base Mínima Contributiva IVM
• Obligatoriedad: la obligatoriedad a cotizar es a partir de la BMC de menor cuantía
Oficializado a Nivel Nacional
¿Cuándo empiezan a regir los beneficios por el aseguramiento? -
Trabajador Independiente
¿Cuándo empiezan a regir los beneficios por el aseguramiento?
Los beneficios por el aseguramiento se obtienen una vez canceladas las cuotas correspondientes al mes en que se demanda los servicios.
¿Sí un trabajador es asegurado por su patrono y además realiza actividad económica por cuenta propia que le genera ingresos, dicho trabajador está obligado a cotizar como trabajador independiente? -
Trabajador Independiente
¿Sí un trabajador es asegurado por su patrono y además realiza actividad económica por cuenta propia que le genera ingresos, dicho trabajador está obligado a cotizar como trabajador independiente?
Una persona que tiene las dos condiciones debe de cotizar a la seguridad social tanto como Trabajador Independiente y Trabajador Asalariado, de conformidad con el Reglamento para la Afiliación de los Trabajadores Independientes, artículo 2.
¿Cuáles son mis beneficios o derechos como Trabajador Independiente? -
Trabajador Independiente
¿Cuáles son mis beneficios o derechos como Trabajador Independiente?
Accesar a los servicios médicos - quirúrgicos en sede de EBAIS, Clínicas y Hospitales del país.
Recibir pago de subsidios por incapacidad o licencia por maternidad, según sus ingresos reportados a la institución.
Obtener una pensión por invalidez o vejez y proteger a sus beneficiarios en caso de muerte, lo cual será proporcional a los ingresos reportados.
Recibir ayuda económica para la compra de prótesis, anteojos, aparatos ortopédicos, traslados y gastos de funeral.
En caso de emergencia, podrá hacer uso de nuestros servicios en todo el país.
¿Cuáles son mis Obligaciones como Trabajador Independiente? -
Trabajador Independiente
¿Cuáles son mis Obligaciones como Trabajador Independiente?
Con sus aportaciones y las de otros asegurados se fortalece el sistema de seguridad social, sustentado en el principio de solidaridad, que permite a la Caja ofrecer los servicios a los que usted y su familia pueden tener acceso para ello debe:
Pagar puntualmente en las fechas establecidas.
Presentar el comprobante de pago del mes en que solicita los servicios, el carné del seguro y documento de identificación al solicitar los servicios médicos.
En caso de que cambie su condición de trabajador independiente, comunicarlo a la Sucursal donde se afilió
¿Cómo procedo si mis ingresos han variado? -
Trabajador Independiente
¿Cómo procedo si mis ingresos han variado?
En el caso que los ingresos del Trabajador Independiente hayan variado (aumento o disminución), el asegurado debe presentarse a la sucursal de la Caja más cercana o bien a oficinas centrales (dependiendo de las zonas de atención), con los comprobantes que demuestren la variación de los ingresos, tales como:
Declaraciones de renta
Facturas
Otros
Es importante aclarar que, pese a que se realice la solicitud de modificación de los ingresos, la aprobación del trámite queda sujeta a una valoración posterior.
¿Hace tiempo fui asegurado como Trabajador Independiente y quiero volver a serlo, qué tengo que hacer? -
Trabajador Independiente
¿Hace tiempo fui asegurado como Trabajador Independiente y quiero volver a serlo, qué tengo que hacer?
Debe presentarse a la Sucursal más cercana o bien al Edificio El Hierro (ubicado en calle 7 y 9, avenida segunda), esto dependiendo de las zonas de atención, con los requisitos de afiliación y además debe encontrarse al día en los pagos.
¿Puedo tener un seguro de Trabajador Independiente si actualmente vivo fuera de Costa Rica? -
Trabajador Independiente
¿Puedo tener un seguro de Trabajador Independiente si actualmente vivo fuera de Costa Rica?
Reglamentariamente a efecto de que una persona pueda ser sujeto de afiliación a los seguros de Salud y al Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte en condición de Trabajador Independiente debe encontrarse legalmente en el país.
En caso de no residir actualmente en el país no reúnen los requisitos establecidos, para ser sujeto de afiliación como Trabajador Independiente.
¿Se puede suspender el seguro de trabajador independiente? -
Trabajador Independiente
¿Se puede suspender el seguro de trabajador independiente?
El asegurado puede tramitar la suspensión del seguro de trabajador independiente siempre y cuando demuestre que cesó la actividad económica propia o bien que pasó a cotizar como Trabajador Asalariado y por ende cesó la actividad económica propia.
¿Quién realiza la facturación a un Trabajador Independiente moroso? -
Trabajador Independiente
¿Quién realiza la facturación a un Trabajador Independiente moroso?
Es función de las Unidades de Validación y Facturación de Servicios Médicos, verificar si el asegurado enviado por los funcionarios de Registros Médicos, cuenta con la condición de morosidad y de cumplirse ese estado, realizar el registro de la facturación de los Servicios Médicos brindados; en la aplicación de la página Web creada por la Institución para ese fin; incluyendo todos aquellos procedimientos de diagnóstico y tratamiento, descritos en el Expediente, aplicados a la persona que recibió el servicio.
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