¿Cómo me retiro de mi Seguro Voluntario? -
Seguro voluntario
¿Cómo me retiro de mi Seguro Voluntario?
El Seguro Voluntario es irrenunciable. Únicamente se puede suspender si cumple con alguna de las siguientes excepciones:
- Cuando el asegurado pasa a ser asalariado, trabajador independiente, se acoge a pensión, adquiere derecho al beneficio familiar o se acoge al Seguro por el Estado.
- Cuando el asegurado voluntario se ausentare del país por tres meses o más para lo cual deberá probar el hecho a satisfacción de la CCSS a fin de decidir su continuación o exclusión del régimen. Si la decisión fuera lo segundo, deberá así comunicarlo por escrito.
Si la persona cumple alguna de estas salvedades para gestionar la desafiliación deberá presentar:
- Una carta solicitando la suspensión y explicando el motivo, dirigida a la Jefatura del Área de Seguro Voluntario, en la que explique que entrará a una planilla del patrono contratante.
- Cédula de residencia o pasaporte con el carne del Seguro, o bien el último recibo de pago.
En forma adicional, deberá presentar lo siguiente:
- En caso de laborar con un patrono, debe presentar original y fotocopia de la orden patronal mecanizada o bien orden provisional debidamente sellada.
- En caso de adquirir un beneficio familiar, debe presentar fotocopia del carné de seguro, expedido por la clínica o EBAIS.
- En caso de adquirir Seguro por el Estado, debe presentar fotocopia del carné de seguro (con fecha de emisión actual), expedido por la clínica o EBAIS.
- En caso de adquirir pensión ya sea por IVM, No Contributivo o algún otro régimen, debe indicarlo en la solicitud para comprobación en los registros institucionales.
- En caso de salida del país por tres meses o más, debe presentar fotocopia del tiquete aéreo, terrestre o marítimo según corresponda, u otra documentación que compruebe la salida del país.
¿Cómo procedo si mis condiciones para el aseguramiento han variado? -
Seguro voluntario
¿Cómo procedo si mis condiciones para el aseguramiento han variado?
Debe informarlo a la dependencia donde gestionó el seguro voluntario a fin de realizar la actualización de datos. Es importante aportar documentación que permita tener por demostrado la variación de los ingresos.
¿Cómo se determinan el ingreso para el pago mensual de la cuota? -
Seguro voluntario
¿Cómo se determinan el ingreso para el pago mensual de la cuota?
Los asegurados voluntarios cotizan con base en el ingreso de referencia que determine el estudio particular que se realiza en cada caso al que se le aplicará el porcentaje de contribución establecido por Junta Directiva.
Tratándose de asegurados rentistas, la cotización será sobre el monto de las rentas respectivas aplicándose el porcentaje de contribución correspondiente.
Los asegurados facultativos cotizan sobre el promedio de los salarios que hubieren devengado durante el último trimestre que estuvieron con seguro obligatorio.
¿Con este seguro recibo orden patronal? -
Seguro voluntario
¿Con este seguro recibo orden patronal?
No, en el seguro voluntario no se emite orden patronal, para poder accesar a los servicios médicos el asegurado debe portar su último recibo de pago, ya que esto demuestra a los personeros de la CCSS el estatus de aseguramiento.
¿Cuál es el porcentaje de cotización para el seguro voluntario o trabajador independiente y cómo se determina el ingreso de referencia? -
Seguro voluntario
¿Cuál es el porcentaje de cotización para el seguro voluntario o trabajador independiente y cómo se determina el ingreso de referencia?
ESCALA DE CONTRIBUCIÓN AV-TI FEBRERO 2023 SEM
Categoría
Nivel de ingreso
(en colones)
Porcentaje de contibución Seguro SEM
Afiliado
Estado
Conjunto
1
¢327,337.999
2.89%
9.11%
12.00%
2
₡327,338.000
a
₡704,330.999
4.33%
7.67%
12.00%
3
₡704,331.000
a
₡1,408,660.999
6.24%
5.76%
12.00%
4
₡1,408,661.000
a
₡2,112,989.999
8.02%
3.98%
12.00%
5
₡2,112,990.000
a
₡999,999,999.999
10.69%
1.31%
12.00%
Fuentes: La Gaceta N247, Articulo 1°, del 23 de diciembre del 2021. Decreto ejecutivo N° 43365-MTSS de fijación de salarios mínimos. Acuerdo de Junta Directiva: artículo 4° de la sesión N° 9305, celebrada el 12 de enero del año 2023, y La Gaceta
N245, Alcance 282, del 23 de diciembre del 2022. Decreto ejecutivo N° 43849-MTSS de fijación de salarios mínimos.
ESCALA DE CONTRIBUCION AV-TI Febrero 2023 IVM
Categoria
Nivel de ingreso
(en colones)
Porcentaje de contribución seguro SEM
Afiliado
Estado
78ª LPT
Conjunto
1
₡306,383.999
4.00%
5.29%
0.30%
9.59%
2
₡306,384.000
a
₡704,330.999
5.49%
4.10%
0.00%
9.59%
3
₡704,331.000
a
₡1,408,660.999
7.37%
2.22%
0.00%
9.59%
4
₡1,408,661.000
a
₡2,112,989.999
7.82%
1.77%
0.00%
9.59%
5
₡2,112,990.000
a
₡999,999,999.999
8.26%
1.33%
0.00%
9.59%
Fuentes: Acuerdo de Junta Directiva: artículo 4° de la sesión N° 9305, celebrada el 12 de enero del año 2023, y La Gaceta N245, Alcance 282, del 23
de diciembre del 2022. Decreto ejecutivo N° 43849-MTSS de fijación de salarios mínimos
Nota Explicativa:
Producto de acuerdo de Junta Directiva, artículo 30°, de la sesión número 8999, celebrada el 08/11/2018, se aprobó la creación de dos bases
mínimas contributivas, mismas que entran en vigor a partir de febrero de 2019. Por lo anterior, debe utilizarse la base mínima contributiva correspondiente según la clase de seguro asignada al asegurado voluntario y migrantes.
En el caso de los trabajadores independientes, la obligatoriedad de cotización se rige a partir de la base mínima del Seguro de Salud, esto con
base en el artículo 6 del Reglamento Contributivo de Trabajadores Independientes, aprobado por la Junta Directiva, en el artículo 3 ° de la sesión
N°9257, celebrada el 5 de mayo del año 2022.
Definiciones:
• BMC: Base Mínima Contributiva, monto en el cual inicia la obligatoriedad de cotizar a la CCSS, el monto vigente a partir de julio de 2020 es la BMCIVM
• BMCIVM: Base Mínima Contributiva IVM
• Obligatoriedad: la obligatoriedad a cotizar es a partir de la BMC de menor cuantía
Oficializado a Nivel Nacional
¿Cuáles son los beneficios de ser un asegurado voluntario? -
Seguro voluntario
¿Cuáles son los beneficios de ser un asegurado voluntario?
Los asegurados voluntarios al día en el pago de cuotas, tienen derecho a las prestaciones que otorga el Seguro de Salud, excepto el pago de incapacidades y licencias por concepto de enfermedad y maternidad. Tales como:
Accesar a los servicios médicos - quirúrgicos en sede de EBAIS, Clínicas y Hospitales del país.
Obtener una pensión por invalidez o vejez y proteger a sus beneficiarios en caso de muerte, lo cual será proporcional a los ingresos reportados. Esto en el caso de pagar el régimen de IVM
Recibir ayuda económica para la compra de prótesis, anteojos, aparatos ortopédicos, traslados y gastos de funeral.
En caso de emergencia, podrá hacer uso de nuestros servicios en todo el país.
¿Cuándo gozo de los beneficios de mi seguro voluntario? -
Seguro voluntario
¿Cuándo gozo de los beneficios de mi seguro voluntario?
Sin importar la fecha de ingreso, los asegurados que cotizan bajo esta modalidad, salvo las prestaciones en dinero y aquellas en que se especifique un plazo de calificación determinado, podrán disfrutar de los beneficios a partir del momento en que hayan cancelado las cuotas correspondientes. Lo anterior, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 3º y 7º del Reglamento del Seguro de Salud. Dichos artículos establecen:
“Artículo 3º—De las condiciones de ingreso al seguro de salud. Toda persona que califique como asegurado voluntario que desee ingresar a este Seguro, debe realizar su gestión en forma personal o a través de un tercero mediante autorización debidamente autenticada y presentar los documentos de identificación idóneos, así como cualquier otro elemento probatorio que le sea requerido.
Cuando se determine que al momento de su afiliación al Seguro Voluntario el solicitante o sus beneficiarios está o están internados en un centro hospitalario, corresponde a éste pagar el costo en que haya hecho incurrir a la Institución.”
“Artículo 7º—De los derechos y obligaciones. Los asegurados voluntarios, sean éstos cotizantes individuales o por medio de convenios colectivos de aseguramiento, tienen los mismos derechos, obligaciones y requisitos que los asegurados asalariados y trabajadores independientes en los Seguros de Salud y de Invalidez, Vejez y Muerte, con excepción de lo expresamente indicado en el presente Reglamento.
Tratándose de los asegurados voluntarios y sus beneficiarios, el otorgamiento de las prestaciones relacionadas con: cirugías complejas, enfermedades congénitas o preexistentes que son de alto costo en su manejo, de acuerdo con la definición que deberá realizar la Gerencia de División Médica, se establece un plazo de calificación de seis meses dentro del cual se deben haber pagado mensualmente las cotizaciones respectivas.
Las prestaciones que llegaren a ser otorgadas sin el cumplimiento de este requisito, serán cobradas al asegurado por los medios que la Institución tiene establecidos.
En todo caso, para recibir la prestación del Seguro de Salud, el asegurado debe presentar su documento de identificación, carné del Seguro Social y recibo pagado correspondiente al mes en que demanda los servicios.
El otorgamiento de prestaciones a los Asegurados Voluntarios, no expresamente contempladas en el respectivo Reglamento, se ajustará a lo que establece la normativa de cada Seguro y los correspondientes instructivos.”.
¿Cuándo me corresponde pagar mi seguro de Asegurado Voluntario? -
Seguro voluntario
¿Cuándo me corresponde pagar mi seguro de Asegurado Voluntario?
Recuerde cancelar sus cuotas desde el primer día del mes hasta la fecha que le corresponda, según la primera letra de su apellido:
¿Dónde me corresponde realizar el trámite de afiliación? -
Seguro voluntario
¿Dónde me corresponde realizar el trámite de afiliación?
El trámite de afiliación como asegurado voluntario lo debe realizar en la sucursal de la CCSS más cercana o bien en El Edificio el Hierro en calle 7 y 9 avenida segunda (acorde a la zona de adscripción), según la dirección de su domicilio:
Lugar donde Reside el Asegurado
Lugar donde debe realizar el trámite de Afiliación
San José Central, Catedral, El Carmen, Aranjuez, Barrio México, Barrio Carit, Barrio Keith, Calderón Muñoz, Pitahaya, Merced, La Uruca, Santa Ana, Escazú, Pavas, Hatillos, Montes de Oca (San Pedro, Sabanilla, Lourdes, etc), Barrio Lujan, Curridabat, Zapote, Mata Redonda (Sabana Norte y Sur), Hospital, Barrio Cuba, Curridabat, San Francisco de Dos Ríos y Alajuelita.
Edificio El Hierro, Calle 7 y 9 avenida segunda.
Goicoechea (Guadalupe, Purral, Mozotal, Calle Blancos, Ipis, etc.) Moravia (San Blas, La Trinidad, Los Sitios, San Vicente, etc.), y Coronado (San Antonio, San Isidro, Dulce Nombre, San Rafael, Patio de Agua, etc).
Sucursal de Guadalupe
Desamparados (San Rafael Arriba, San Rafael Abajo, Dos Cercas, San Miguel, El Porvenir, Calle Fallas, etc), Aserri, Frailes
Sucursal Desamparados
En el caso de no residir en los lugares descritos, por favor dirigirse a la Sucursal de la Caja más cercana.
¿Dónde puedo pagar mi seguro si me encuentro atrasado en mis pagos? -
Seguro voluntario
¿Dónde puedo pagar mi seguro si me encuentro atrasado en mis pagos?
En el momento que se encuentre atrasado en sus pagos, hasta cinco recibos, puede pagar su seguro tanto en agentes recaudadores externos como en las instalaciones de la CCSS. Al sexto recibo sin pagar, debe gestionarlo en las instalaciones de la CCSS así como la reactivación en caso de que el seguro se encuentre bloqueado.
¿Dónde puedo pagar mi seguro? -
Seguro voluntario
¿Dónde puedo pagar mi seguro?
Las cuotas de seguro voluntario, trabajador independiente y cuotas obrero patronales, pueden ser canceladas, hasta con 59 días de vencidas, en los diferentes puntos de pago con que cuenta la Institución a saber:
1. Banco Nacional
2. Banco de Costa Rica
3. Banco Crédito Agrícola de Cartago
4. Banco Bac San José
5. Banco Davivienda
6. COOPEALIANZA R.L
7. COOCIQUE R.L.
8. Banco LAFISE.
9. Banco SCOTIABANK
10. Banco CITIBANK
11. Banco PROMERICA
12. Banco BCT.
13. Banco CATHAY.
14. Banco IMPROSA (Improbank)
15. Banco Popular y de Desarrollo Comunal
16. Grupo MUCAP
17. Grupo MUTUAL ALAJUELA
18. COOPESERVIDORES
19. COOPEANDE
20. CREDECOOP
21. Caja de Ande
22. Financiera DESIFYN
23. Servimás.
24. Walmart
25. Farmacias Sucre.
26. Teledolar.
27. PRIDES
28. Cruz Roja Costarricense
29. Francisco Llobet e Hijos
30. Tiendas Ekono.
31. Western Union
32. Megasúper
33. Correos de Costa Rica
34. BN Servicios del Banco Nacional (comercios)
35. Grupo Tecnológico (comercios)
36. Pague Fácil BCR (comercios)
37. TUCÁN (comercios)
En entidades financieras (bancos públicos y privados, y cooperativas) deberán consultarse las facilidades de pago brindadas para la cancelación de los recibos de la CCSS, tanto por agencia como en la página web de la entidad.
Los entes recaudadores externos a la CCSS brindan el servicio de lunes a viernes en horarios pre-establecidos
¿Hace tiempo fui asegurado voluntario y quiero volver a serlo, que tengo que hacer? -
Seguro voluntario
¿Hace tiempo fui asegurado voluntario y quiero volver a serlo, que tengo que hacer?
Debe presentarse a la Sucursal más cercana o bien al Edificio El Hierro en Calle 7 y 9 avenida segunda (dependiendo de las zonas de atención) con los requisitos de afiliación y además debe encontrarse al día en los pagos.
¿Por qué se dice que el seguro voluntario es irrenunciable? -
Seguro voluntario
¿Por qué se dice que el seguro voluntario es irrenunciable?
La afiliación a este Seguro es voluntaria, pero una vez adquirida se convierte en irrenunciable, salvo si el asegurado pasa a ser asalariado, trabajador independiente, se acoge a pensión, adquiere derecho al beneficio familiar o se acoge al Seguro por el Estado.
¿Puedo tener un seguro si actualmente vivo fuera de Costa Rica? -
Seguro voluntario
¿Puedo tener un seguro si actualmente vivo fuera de Costa Rica?
Reglamentariamente a efecto de que una persona pueda ser sujeto de afiliación a los seguros de Salud y al Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte en condición de asegurado voluntario, debe encontrarse legalmente en el país y no debe tener una actividad generadora de ingresos proveniente del trabajo independiente o asalariado.
En caso de no residir actualmente en el país, no reúnen los requisitos establecidos en el Artículo 1 del Reglamento para la Afiliación de los Asegurados Voluntarios, para ser sujeto de afiliación como asegurados voluntarios.
¿Qué debo hacer si me pensiono? -
Seguro voluntario
¿Qué debo hacer si me pensiono?
Como asegurado voluntario, si se pensiona, deberá presentarse a la Sucursal de la CCSS o bien a al Edificio El Hierro en calle 7 y 9 avenida segunda (dependiendo de las zonas de atención) y con su cédula de identidad e informar que ya consolidó su derecho a pensión, esto con el fin de proceder con la suspensión del seguro voluntario.
¿Qué hago si consigo un trabajo o inicio a trabajar por mi cuenta? -
Seguro voluntario
¿Qué hago si consigo un trabajo o inicio a trabajar por mi cuenta?
En el momento que el asegurado voluntario se dedique a un trabajo asalariado o inicie a trabajar por su propia cuenta debe:
Si consigo trabajo: debe presentarse al mes de haber iniciado a laborar en su nuevo trabajo o bien con una carta de su patrono, preferiblemente con membrete y sello de la empresa que detalle la fecha de ingreso a la empresa, a la sucursal de la Caja más cercana o al Edificio El Hierro en calle 7 y 9 avenida segunda para suspender su seguro voluntario,
Si comienzo a trabajar por mi cuenta:debe presentarse a la sucursal correspondiente de la CCSS o bien al Edificio El Hierro en calle 7 y 9 avenida segunda (según zonas de atención) a fin de solicitar los requisitos para el cambio de Seguro de Voluntario a Trabajador Independiente.
Es importante considerar que la suspensión del seguro voluntario cuando el asegurado pasó a ser asalariado, trabajador independiente o pensionado no es automática y en el caso de no solicitar su suspensión, las mensualidades seguirían corriendo.
¿Qué hago si voy a salir del país por un periodo de tiempo mayor a tres meses? -
Seguro voluntario
¿Qué hago si voy a salir del país por un periodo de tiempo mayor a tres meses?
Cuando el asegurado voluntario se ausentare del país por tres meses o más, lo cual debe probar a satisfacción de la Caja, puede decidir su continuación o su exclusión del régimen. Si su decisión fuere lo segundo, debe así comunicarlo por escrito.
Una vez suspendido el Seguro Voluntario, si el interesado desea volver a tener este deberá presentar todos los documentos y hacer nuevamente el trámite de afiliación.
¿Quién puede optar por aplica a un Seguro Voluntario? -
Seguro voluntario
¿Quién puede optar por aplica a un Seguro Voluntario?
Este seguro está dirigido a personas habitantes de la República, sean éstos costarricenses, extranjeros o refugiados que se encuentren legalmente en el país, conforme nuestro ordenamiento jurídico, que no generan ingresos mediante una actividad económica asalariada o por cuenta propia (trabajador independiente), como por ejemplo: desempleados, estudiantes, amas de casa y adultos mayores, entre otros, y que de una u otra forma pueden pagar dicho seguro con ayuda familiar u otra naturaleza).
También califican para este seguro las personas que viven de sus rentas o sea que sin ser trabajador activo, posee ingresos propios y desea pagar los seguros de Salud y de Invalidez Vejez y Muerte por su propia cuenta.
¿Se realizan revisiones periódicas a los montos de aseguramiento? -
Seguro voluntario
¿Se realizan revisiones periódicas a los montos de aseguramiento?
Sí, periódicamente con base en los mejores criterios técnicos y actuariales, la Junta Directiva de la Caja, hará revisión de los ingresos mínimos de referencia y los porcentajes de contribución de este Seguro y establecerá las adecuaciones necesarias.
¿Si me atraso en el pago debo pagar intereses? -
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¿Si me atraso en el pago debo pagar intereses?
Pasada la fecha máxima de pago, el asegurado voluntario deberá cancelar los recargos correspondientes, así como los intereses legalmente establecidos (tasa básica pasiva del Banco Central). El incumplimiento en el pago conlleva el trámite de cobro administrativo y de cobro judicial, según corresponda, conforme los procedimientos establecidos por la Institución.
¿Cuál es el horario de atención para trámites y consultas? -
Seguro voluntario
¿Cuál es el horario de atención para trámites y consultas?
Para trámite de afiliación y consultas de trámites, en el Edificio El Hierro (sita calle 7 y 9 avenida segunda)
o De lunes a jueves de 7 am a 4 pm
Viernes de 7 am a 3 pm
¿Cuándo se le facturan los servicios a un Voluntario Moroso (Directo o beneficiario)? -
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¿Cuándo se le facturan los servicios a un Voluntario Moroso (Directo o beneficiario)?
Cuando al accesar a los servicios de salud presente un día o más de atraso en el pago de su cuota mensual.
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